7 Puntos Clave Para Entender la Reforma Pensional 2024

Reforma Pensional 2024: Claves para entender los 7 cambios fundamentales aprobados el 14 de junio y firmados el 16 de julio en Bogotá, que redefinen el sistema pensional colombiano en cuatro pilares esenciales

7 Puntos Clave Para Entender la Reforma Pensional 2024

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El 14 de junio de 2024 fue aprobada la reforma pensional por el Congreso de la República de Colombia, la cual fue firmada poco más de un mes después por presidencia en un acto público en la plaza Bolivar en la ciudad de Bogotá, concretamente el día 16 de julio de 2024

Esta reforma trae una gran variedad de cambios importantes al sistema pensional en Colombia, su objetivo es establecer e implementar el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez. A continuación, compartiremos lo que a nuestra consideración son los puntos más importantes a tener en cuenta para entender los cambios que trae esta reforma pensional.

Se Establece un Nuevo Modelo Unificado que se Estructura en Cuatro Pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo y de Ahorro Voluntario Complementario.

Pilar Solidario: Busca cobijar a las personas colombianas residentes en el territorio nacional en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Dirigido a personas de edad avanzada con pérdida de capacidad laboral igual o superior a 50% que no poseen una fuente de ingresos que le garanticen una vida digna, con la finalidad de brindarle una renta básica solidaría.

Pilar Semicontributivo: Integrado por personas afiliadas al sistema de pensión que a los 65 años en el caso de los hombres y 60 en el caso de las mujeres, no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión. Y que hayan cotizado un mínimo de 300 semanas y menos de 1000 semanas, quienes podrán acceder a un Beneficio Económico.

Pilar Contributivo: En este pilar estarán todas las personas afiliadas al sistema donde podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes.

En este pilar, Colpensiones recibirá los aportes entre 1 y hasta los 2,3 smlmv cotizados, y las AFP recibirán las cotizaciones que excedan los 2,3 smlmv. Estos dos componentes se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez.

Pilar de Ahorro Voluntario: Las personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar en él para obtener una mejor pensión. Para este pilar no aplicará ninguna de las modificaciones de la reforma pensional.

Umbral de Cotización Obligatorio en Colpensiones Queda en 2,3 SMLMV

Teniendo en cuenta los cambios aprobados por la reforma pensional, el 84% de los trabajadores en Colombia pasarán a cotizar a Colpensiones, quedando el umbral finalmente en 2,3 smlmv. Por su parte, las AFP recibirán las cotizaciones que excedan los 2,3 smlmv.

Bajo el régimen anterior a la reforma, siete de cada diez afiliados se encontraban bajo el régimen privado y 3 en el público. Esto era un gran problema ya que la mayoría de los afiliados que aportaban al fondo (un 74%) estaban en los fondos privados, pero gran parte de los pensionados (el 84%) se encuentran en Colpensiones.

Con grandes responsabilidades y la recepción de pocos aportes, el régimen público bajo el anterior modelo enfrentaba un déficit anual de 18 billones de pesos, el cual se estaba cubriendo con recursos públicos. Con esta reforma el Gobierno busca reducir este hueco fiscal y destinar más dinero a ampliar la cobertura. Pues en Colombia, solo una de cada cuatro personas asegura un ingreso para la vejez.

El Banco de la República Será Quien Administrará el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.

Con un cambio tan sustancial, en donde la mayor parte del ahorro de los colombianos pasaría a un fondo estatal, una de las principales preocupaciones era quien iba a administrar este fondo de ahorro del pilar contributivo.

Se temía que en el futuro el gobierno se viera tentado a utilizar el dinero de este fondo para otros fines diferentes al sistema pensional, por ello se propuso y aprobó que fuera el Banco de la República quien administrara este fondo. Además, en el texto aprobado se indica que la plata del Fondo se usará solamente para pagar las pensiones de los cotizantes, y se indica además que las pensiones no pertenecen a la Nación ni a las entidades que los administran y no se podrán destinar ni utilizar para fines distintos a los del sistema pensional.

Régimen de Transición Reforma Pensional 2024

Por medio de la reforma pensional, se estableció un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema, que a su entrada en vigor el 1 de julio de 2025, se les continue aplicando la ley 100 de 1993, lo anterior cuando estas cuenten con 750 semanas cotizadas para el caso de las mujeres y 900 semanas cotizadas en el caso de hombres.

Por otro lado, las personas actualmente pensionadas continúan en las mismas condiciones.

Oportunidad Para Traslado de Régimen de 2 años.

Las personas que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión y que tengan setecientas cincuenta semanas cotizadas para el caso de las mujeres, y novecientas semanas cotizadas para el caso de los hombres, dispondrán de 2 años a partir de la promulgación de la ley de la reforma pensional para trasladarse al régimen que más les convenga de la Ley 100 de 1993, una vez hayan recibido la doble asesoría.

¿Qué sucederá con los aportes anteriormente realizados?

Las personas que hayan hecho aportes a los regímenes pensionales anteriores a la vigencia de la nueva ley, tendrán derecho a que se le reconozcan los valores aportados por medio de la expedición de un bono, título pensional o devolución de aportes con destino a la administradora que reconocerá la pensión integral de vejez.

¿Cómo Queda la Edad Para Pensionarse?

No sube la edad de pensión. Esta seguirá siendo de 57 años para las mujeres y de 62 para los hombres.

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