Incentivo para creación y permanencia de nuevos empleos formales – Ley 2294 de 2023

En Colombia se estableció el incentivo para creación y permanencia de nuevos empleos formales; beneficio para empleadores que generen nuevos empleos formales por mínimo 6 meses. Se otorgan aportes económicos por cada trabajador adicional contratado bajo las condiciones dictadas por la ley.

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LaLey 2294 del 19 de mayo de 2023, reglamenta el Incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia, que en conjunto con la expedición del decreto 533 de 2024, se deja en claro cuáles son los beneficios para los empleadores que opten por crear nuevos puestos de trabajo basados en los requisitos y plazos estipulados. El incentivo está destinado a apoyar la contratación y mantenimiento de trabajadores en empleos formales por un periodo no inferior a seis meses. Los empleadores que cumplan con los requisitos pueden recibir un apoyo económico por cada trabajador adicional que mantengan bajo estas condiciones.

¿Quiénes califican para el incentivo de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia?

Personas jurídicas, naturales, los consorcios, las uniones temporales y los patrimonios autónomos que generen nuevos puestos de trabajo mediante la contratación de trabajadores durante un término no inferior a seis meses, y que mediante la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA), puedan probar su condición de empleadores siempre que hayan cotizado el mes completo al sistema de seguridad social integral.

¿Cuánto es el valor del incentivo para la de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia?

Los empleadores que cumplan con los requisitos pueden recibir un apoyo económico por cada trabajador adicional por un máximo de 24 veces durante la vigencia del decreto por cada trabajador adicional vinculado. Estos son los incentivos:

  • 30% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) por cada uno de los trabajadores adicionales que hayan sido vinculados formalmente y que estén entre los 18 y 25 años.

  • 20 % de un SMMLV por cada una de las mujeres trabajadoras adicionales que hayan sido vinculadas formalmente y que sean mayores de 28 años.

  • 15 % de un SMMLV por cada uno de los hombres trabajadores adicionales que hayan sido vinculados formalmente y que sean mayores de 28 años y que devengen hasta tres SMMLV.

  • 35 % de un SMMLV por cada uno de los trabajadores adicionales que hayan sido vinculados formalmente y que estén en condición de discapacidad.

¿Cuáles son las condiciones para poder recibir el incentivo de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia?

Cabe anotar que esta ley solo aplica para nuevos puestos de trabajo, en ningún caso el empleador podrá considerar como trabajador adicional aquel que se haya vinculado con el fin de remplazar a otro trabajador vinculado con anterioridad.

Para controlar el número de trabajadores que se mantienen vinculados a sus empleos formales, el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales se reconocerá exclusivamente para aquellos trabajadores que hayan cotizado por lo menos en los seis meses inmediatamente anteriores al mes en que el empleador decide postularse.

¿Qué requisitos debo cumplir como empleador para poder recibir el incentivo de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia?

  • Haber cotizado por el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral.

  • Mantener a los trabajadores adicionales durante al menos seis meses.

  • Verificar los datos siguiendo el procedimiento indicado en el manual operativo del Ministerio del Trabajo.

¿Cómo puedo postularme para poder recibir el incentivo de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia?

Llenar la solicitud en la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito donde tengan un producto de depósito, esta solicitud debe entregarse con los documentos soporte que validen que las condiciones de cada empleado adicional están acordes a lo que pide la ley.

Elementos a tener en cuenta sobre el incentivo de creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia.

No hay un estimado de tiempo en este proceso, lo que debemos considerar es que son varias las entidades que verificaran las solicitudes, UGPP, Ministerio de trabajo, así como la entidad financiera que recibe la solicitud.

Estos incentivos son ingresos gravables para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios con sus retenciones en la fuente correspondientes; No son rentas exentas a pesar de que es un apoyo económico del estado, por lo que se hace indispensable tener en cuenta los efectos fiscales al momento de calcular sus impuestos anuales.

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