Conozca si su empresa debe implementar el SAGRILAFT o el Régimen de Medidas Mínimas antes del 31 de mayo. Esta obligación no solo evita sanciones, sino que fortalece la reputación y protege contra riesgos de lavado de activos y corrupción.
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El próximo 31 de mayo no es una fecha cualquiera para cientos de empresas colombianas. Es el plazo máximo para cumplir con las obligaciones de implementación del SAGRILAFT o del Régimen de Medidas Mínimas, según lo establece la Superintendencia de Sociedades. Si su empresa supera ciertos umbrales financieros al 31 de diciembre del año anterior, el tiempo para actuar es ahora.
Programa | ¿Obligatorio para el 31 de mayo? | ¿A quién aplica? |
SAGRILAFT | ✅ Sí | Empresas vigiladas por la Supersociedades que tengan activos o ingresos ≥ 40.000 SMLMV |
Régimen de Medidas Mínimas | ✅ Sí | Empresas de sectores como inmobiliario, jurídico o contable, con ingresos ≥ 3.000 SMLMV o activos ≥ 5.000 SMLMV |
¿Por qué es tan importante cumplir?
- Evita sanciones: multas hasta de 200 SMLMV por incumplimiento.
- Mejora la reputación empresarial: tener un programa de cumplimiento activo genera confianza en clientes, proveedores e inversionistas.
- Previene el uso de su empresa para actividades ilícitas como lavado de activos, corrupción o financiamiento del terrorismo.
- Fortalece el gobierno corporativo y la toma de decisiones basadas en riesgos.
¿Qué debe tener listo para el 31 de mayo?
Si su empresa está obligada a implementar SAGRILAFT, debe tener:
- Política y manual de gestión del riesgo LA/FT/FPADM.
- Matriz de riesgo con segmentación de contrapartes.
- Oficial de Cumplimiento principal y suplente (designado, registrado en SIREL y reportado a la Supersociedades).
- Documentación probatoria de las decisiones del órgano social.
- Programa de capacitación anual documentado.
Si su empresa aplica al Régimen de Medidas Mínimas, debe:
- Tener identificados a sus beneficiarios finales.
- Aplicar medidas de conocimiento de contrapartes.
- Conservar los soportes de debida diligencia.
- Estar preparada para reportar operaciones sospechosas (ROS) a la UIAF.
Recomendaciones clave
- Verifique su sector y actividad económica (CIIU).
- Calcule ingresos y activos con corte al 31 de diciembre del año anterior.
- No espere a ser requerido por la Supersociedades.
- Delegue la implementación en expertos en cumplimiento normativo.