El sector transporte en Colombia enfrenta un nuevo reto en materia de cumplimiento normativo. La Resolución 2328 de 2025 trae cambios clave en la administración de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, modernizando el SARLAFT y flexibilizando el perfil del Oficial de Cumplimiento.
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El 6 de marzo de 2025, la Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 2328 de 2025, estableciendo nuevas directrices para la administración del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT) en las empresas del sector transporte en Colombia. Esta normativa reemplaza al anterior SIPLAFT, modernizando el enfoque de cumplimiento normativo y ajustándolo a las necesidades actuales del sector.
Objetivo y Alcance de la Resolución 2328 de 2025 de la Superintendencia de Transporte.
La Resolución 2328 de 2025 tiene como principal objetivo prevenir el uso del sector transporte como medio para el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Por ello, impone la obligación de implementar el SARLAFT a diversas entidades, entre las que se incluyen:
- Empresas de transporte de carga y pasajeros.
- Concesionarios de infraestructura de transporte.
- Empresas de transporte especial y mixto.
- Centros integrales de atención a conductores.
- Centros de enseñanza automovilística.
- Centros de diagnóstico automotor.
- Empresas de transporte por cable.
- Sociedades y operadores portuarios.
Estas entidades tienen plazo hasta el 6 de noviembre de 2025 para implementar el SARLAFT.
Principales Cambios y Novedades de la Resolución 2328 de 2025:
1. Derogación del SIPLAFT y Modernización del SARLAFT.
El anterior SIPLAFT ha sido eliminado y reemplazado por un modelo más robusto de administración de riesgos. Este nuevo modelo busca optimizar la gestión de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el sector transporte, alineándose con estándares internacionales.
2. Flexibilización del Perfil del Oficial de Cumplimiento.
Uno de los cambios más significativos es que el Oficial de Cumplimiento ya no está obligado a contar con un título universitario. A partir de esta resolución, el cargo podrá ser desempeñado por técnicos o tecnólogos, lo que facilita la incorporación de perfiles más diversos en el cumplimiento normativo.
Además, se habilita la posibilidad de contar con un Oficial de Cumplimiento externo o tercerizado, lo que permite a las empresas acceder a expertos en gestión de riesgos sin necesidad de contratar personal de planta.
3. Responsabilidades del Oficial de Cumplimiento.
El Oficial de Cumplimiento, sea interno o externo, asumirá un papel clave en la implementación y supervisión del SARLAFT. Entre sus responsabilidades destacan:
- Diseñar e implementar procedimientos de debida diligencia para conocer a los clientes, proveedores y empleados.
- Realizar auditorías anuales para evaluar la eficacia del SARLAFT.
- Reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
- Capacitar al personal de la empresa en temas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
4. Requisitos de Implementación y Supervisión.
Para garantizar la efectividad del SARLAFT, la Superintendencia de Transporte establece los siguientes lineamientos:
- Identificación de riesgos según el tipo de operación de la empresa.
- Aplicación de medidas de debida diligencia para conocer a clientes, empleados y proveedores.
- Supervisión constante y adaptación del sistema a nuevas amenazas.
- Cumplimiento de auditorías anuales, las cuales deberán ser lideradas por los Oficiales de Cumplimiento.
Impacto en el Cumplimiento Normativo.
La implementación de la Resolución 2328 de 2025 supone un reto importante para las empresas del sector transporte, ya que deben adaptar sus estructuras de cumplimiento a los nuevos requerimientos. Sin embargo, también representa una oportunidad para fortalecer los controles internos y mejorar la transparencia en la operación del sector.
El hecho de que las empresas puedan contar con un Oficial de Cumplimiento tercerizado permite que organizaciones con menos recursos accedan a expertos en cumplimiento normativo, asegurando el adecuado seguimiento de las regulaciones.
Sanciones por Incumplimiento.
El no cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Resolución 2328 de 2025 podría acarrear sanciones impuestas por la Superintendencia de Transporte. Estas sanciones pueden incluir:
- Multas.
- Suspensión temporal de operaciones.
- Restricción en la participación de contratos públicos.
- Sanciones a nivel penal si se detectan conductas delictivas.
Conclusión
La Resolución 2328 de 2025 representa un avance significativo en la regulación del cumplimiento normativo en el sector transporte. La modernización del SARLAFT, la ampliación del perfil del Oficial de Cumplimiento y la incorporación de medidas de auditoría anual fortalecen la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo en Colombia.
Las empresas del sector deben iniciar desde ahora la implementación de estos lineamientos para garantizar el cumplimiento dentro del plazo establecido y evitar sanciones. Además, la capacitación y sensibilización en estos temas serán fundamentales para una aplicación efectiva de la normativa.
En este contexto, el cumplimiento normativo se convierte no solo en una obligación legal, sino en una estrategia clave para la sostenibilidad y reputación de las empresas del sector transporte en Colombia.