Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Encuentre aquí los puntos más importantes respecto al Régimen de Precios de Transferencia en Colombia y las dudas más comunes que hay sobre el tema.

Precios de Transferencia Colombia

Antes de iniciar con el contenido de este post, nos gustaría recomendarle este video que preparamos de la mano Mary Luz Sotelo, Supervisor Senior de Impuestos en el año 2024, el cual contiene la información general más importante respecto a Precios de Transferencia en Colombia.

¿En qué consiste el régimen de precios de transferencia?

El régimen de precios de transferencia es un conjunto de normas y principios que tienen como objetivo regular los precios de transferencia entre partes relacionadas; como pueden ser empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o transacciones internacionales entre entidades vinculadas fiscalmente. Este régimen se basa en el principio de que las operaciones entre partes relacionadas deben ser realizadas bajo las mismas condiciones que las que se darían en operaciones entre terceros no relacionados.

¿Quiénes están obligados a cumplir con el Régimen de Precios de Transferencia en Colombia?

Están obligados los contribuyentes que cumplan las siguientes condiciones:

  • Ser contribuyente del impuesto de renta y complementarios.
  • Tener vinculados en el exterior y/o vinculados ubicados en zonas francas.
  • Realizar operaciones durante el año gravable con:
  • Vinculados del exterior;
  • Personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales;
  • Vinculado ubicado en zonas francas;

¿Cuáles son las obligaciones en Precios de Transferencia?

Las obligaciones formales en Precios de Transferencia que deben presentarse son tres:

  • Inscribirse y/o actualizar el RUT.
  • Preparar y presentar la documentación comprobatoria.
  • Preparar y presentar la declaración informativa de precios de transferencia.

¿Cuáles son las obligaciones que deben presentarse anualmente en Precios de Transferencia en Colombia?

Las obligaciones en Precios de Transferencia que regularmente deben presentarse anualmente son: La (1) Declaración Informativa y (2) Documentación Comprobatoria.


Estás deberán presentarse según los siguientes criterios:

Precios de Transferencia: Declaración Informativa

Esta contiene la relación de las operaciones con vinculados económicos junto con los resultados de análisis de Precios de Transparencia reportados en el Informe Local.

Es presentada por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que están obligados a cumplir con el régimen de precios de transferencia:

  • Con patrimonio bruto del año gravable 2024 sean igual o superior a 100.000 UVT (COP$ 4.706.500.000) y que celebren operaciones con vinculados.
  • Con ingresos brutos del año gravable 2024 sean igual o superiores a 61.000 UVT (COP$ 2.870.965.000) y que celebren operaciones con vinculados.

En el caso de cualquier operación realizada con paraísos fiscales, se deberá presentar la declaración informativa independiente del monto.

Precios de Transferencia: Documentación Comprobatoria

Por una parte, los topes de patrimonio o ingresos ya expuestos en la declaración informativa deberán complementarse con la documentación comprobatoria aplicando los mismos topes ya expuestos.

Adicional a estos también debe presentarse documentación comprobatoria para:

  • Todo tipo de operaciones con vinculados económicos (compra de bienes, prestación de servicios, endeudamientos externos, etc.) que superen los 45.000 UVT (COP$ 2.117.925.000).
  • Cualquier tipo de operaciones con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en Paraísos Fiscales que superen los 10.000 UVT (COP$ 470.650.000).

¿Cuáles son las documentaciones comprobatorias que deben presentarse?

Existen 3 documentaciones comprobatoria:

  • A) Informe Local o de Precios de Transferencia: Este deberá contener los estudios, documentos y demás soportes con los cuales el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios demuestre que sus ingresos, costos, deducciones, activos y pasivos adquiridos en el respectivo año gravable cumplieron con el principio de plena competencia.

  • B) Informe Maestro: Este permite tener una visión general del grupo multinacional, permitiendo una descripción de los negocios del grupo, incluyendo la naturaleza de sus actividades económicas a nivel mundial, detallando los intangibles del grupo empresarial financiamiento del grupo, políticas generales de precios de trasferencias y estados financieros consolidados.

  • C) Informe país a país: Este es el más inusual de todos y solo deben presentarlo los contribuyentes sometidos al régimen que cumplan con los supuestos del numeral 2 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario.

¿Cómo se presenta la declaración de Precios de Transferencia?

Se presenta de forma virtual a través del formulario 120 establecido por la DIAN.

¿Qué es un vinculado económico en Precios de Transferencia?

Se considera vinculado cuando un contribuyente se encuentra en uno o más de los siguientes casos:

  • Subordinación
  • Sucursales y Agencias.
  • Establecimientos permanentes.
  • Otros Casos
  • Ubicados en zona franca.

Para tener un mejor entendimiento del criterio de vinculación le recomendamos profundizar en el Art. 260-1 del estatuto tributario.

Vencimientos Precios de Transferencia Colombia

Los vencimientos para el régimen de precios de transferencia se definieron anualmente a partir del 7° día hábil de septiembre a desde el 2024 y en adelante por medio del Decreto 2229 de 2023.

Fechas para Declaración Informativa e Informe Local de Precios de Transferencia

Fechas de vencimientos:

Último dígito del NIT

Fecha

1

7° Día hábil de septiembre

2

8° Día hábil de septiembre

3

9° Día hábil de septiembre

4

10° Día hábil de septiembre

5

11° Día hábil de septiembre

6

12° Día hábil de septiembre

7

13° Día hábil de septiembre

8

14° Día hábil de septiembre

9

15° Día hábil de septiembre

0

16° Día hábil de septiembre


Fechas para Informe Maestro de Precios de Transferencia

Fechas de vencimientos:

Último dígito del NIT

Fecha

1

7° Día hábil de septiembre

2

8° Día hábil de septiembre

3

9° Día hábil de septiembre

4

10° Día hábil de septiembre

5

11° Día hábil de septiembre

6

12° Día hábil de septiembre

7

13° Día hábil de septiembre

8

14° Día hábil de septiembre

9

15° Día hábil de septiembre

0

16° Día hábil de septiembre


Fechas para Informe País por País.

Fechas de vencimientos para todos los NIT:

Fecha

10° Día hábil de diciembre

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento del régimen de Precios de Transferencia?

Las sanciones por extemporaneidad, inconsistencias u omisión en la presentación de operaciones pueden llegar a alcanzar 30.000 UVT.

Actualización de Sanciones al 2024.

Hecho sancionable

Sanción

Base sanción

Tope máximo

DC DI DC DI
Extemporaneidad los primeros 5 días. 0,05% 0,02% Del valor total de las operaciones sujetas a documentar o declarar. 417 UVT 313 UVT
Extemporaneidad desde el 6.º día. 0,20% 0,10% Del valor total de las operaciones sujetas a documentar o declarar. 1.667 UVT por mes
20.000 UVT total
1.250 UVT por mes
15.000 UVT total
Inconsistencia. 1% 0,60% De las operaciones inconsistentes. 5.000 UVT 2.280 UVT
No presentación de operaciones con vinculados. 4% 4% Del valor total de las operaciones con vinculado. 25.000 UVT 20.000 UVT
No presentación operaciones con JNCBNI o RTP. 6% 2,60% Del valor total respecto del cual no se suministró la información. 30.000 UVT
Omisión. 2,00% 1,30% De la suma respecto de la cual se omitió información total o parcial. 5.000 UVT si < 80.000 UVT
Tope: 1.400 UVT
3.000 UVT si < 80.000 UVT
Tope: 1.000 UVT
Omisión relativa a operaciones con JNCBNI o RTP. 4% 2,60% Del valor total respecto del cual no se suministró la información. 10.000 UVT 6.000 UVT

DI: Declaración informativa
DC: Declaración Comprobatoria
JNCBNI: Jurisdicciones No Cooperantes y de Baja o Nula Imposición
RTP: Régimen Tributario Preferencial

Estos dos últimos también son conocidos como Paraísos Fiscales

Oferta de Servicios en Colombia para Precios de Transferencia

El cumplimiento del Régimen de Precios de Transferencia puede resultar complejo para algunas compañías ya que dicho régimen contiene un amplio número de normas y principios que requieren un tratamiento especializado, es por esto que muchas compañías deciden contratar un tercero que tengas las competencias, así como la experiencia en el tema para su gestión y cumplimiento.

En Alfredo López y Cía contamos con un equipo de especialistas competentes en materia de Precio de Transferencia. Poseemos más de 8 años de experiencia en esta línea de servicio y hemos acompañado a nuestros clientes a presentar más de 100 declaraciones de Precio de Transferencia de manera satisfactoria con cero devoluciones de la DIAN por errores o inconsistencias en los estudios presentados.

¿Qué podemos hacer por usted?

Planeación:

Realizamos procesos de planeación mediante el uso de bases de datos nacionales e internacionales para establecer los márgenes de utilidad de su sector, para facilitar el ajuste de sus costos y gastos con el fin de mantenerse dentro de los rangos de mercado, con la finalidad de evitar desconocimiento de costos y gastos por parte de la Autoridad Tributaria.

Diagnóstico:

De acuerdo con el comportamiento del sector en el que se desempeña su compañía y sus operaciones, realizamos un análisis de los márgenes de utilidad para establecer la situación de su compañía en términos de Precios de Transferencia.

Cumplimiento:

Acompañamos a su empresa en la elaboración de la declaración informativa, informe local, informe maestro y país por país en caso de aplicar y a la presentación oportuna ante la autoridad tributaria.

Verificación de Obligaciones en Precios de Transferencia Colombia 2024.

¿No está seguro si su empresa debe o no presentar obligaciones de Precios de Transferencia o requiere de asesoría?

Escribanos al correo info@alfredolopez.com.co para solicitar nuestro formulario con el cual podremos ayudarle a verificar si su organización se encuentra obligada a Precios de Transferencia.

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