Conoce los principales cambios introducidos en la nueva NIIF para PYMES, que entrará en vigor en 2027: un marco contable más actualizado, alineado con NIIF plenas, que mejora la calidad de la información financiera sin perder su enfoque simplificado.
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El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó en febrero de 2025 una nueva edición de la NIIF para las PYMES, reemplazando la versión vigente desde 2015. Esta tercera edición introduce modificaciones sustanciales orientadas a actualizar el marco técnico, mejorar la calidad de la información financiera y facilitar la comparabilidad internacional, sin perder la sencillez necesaria para las pequeñas y medianas entidades.
La aplicación obligatoria de esta nueva versión será a partir del 1 de enero de 2027, con posibilidad de adopción anticipada. A continuación, les compartimos un resumen comparativo con los principales cambios identificados:
Sección | Versión 2015 | Versión 2025 (Febrero) | Impacto clave |
Reconocimiento de ingresos (Sección 23) | Basado en transferencia de riesgos y beneficios | Alineado con NIIF 15. Modelo de 5 pasos: contrato, obligaciones, precio, asignación y cumplimiento. | Mayor claridad y control en contratos complejos. Requiere juicio profesional y documentación. |
Instrumentos financieros (Sección 11 y 12) | Medición simplificada. Permitía uso de NIC 39. | Elimina referencia a NIC 39. Aplica enfoque de NIIF 9. Incluye clasificación por flujos contractuales y reglas para prepago. | Ajustes en políticas financieras, necesidad de reclasificaciones y nuevas revelaciones. |
Marco Conceptual (Sección 2) | Basado en versión 1989. Definiciones básicas. | Se adopta el Marco Conceptual 2018. Se redefine “activo”, “pasivo” y “materialidad”. | Moderniza conceptos clave. Exige reformular políticas contables bajo nuevo marco. |
Sección | Versión 2015 | Versión 2025 (Febrero) | Impacto clave |
Presentación de EEFF (Sección 3 y 4) | Menor especificidad en orden y subtotales. | Aclara orden lógico, exige desagregación relevante y reubica conceptos clave. | Mejora comparabilidad y transparencia en la presentación financiera. |
Notas y revelaciones (Sección 8) | “Políticas contables significativas”. Requisitos generales. | Se exige revelar solo “información material sobre políticas contables”. Incluye ejemplos de juicios significativos. | Mejora el enfoque basado en riesgos. Reduce información innecesaria. |
Conciliación de pasivos financieros (Sección 7) | No requerida expresamente. | Se incluye conciliación obligatoria entre saldos iniciales y finales por financiamiento. | Refuerza la trazabilidad y control del endeudamiento. |
Divulgación sobre dividendos (Sección 6 y 8) | No obligatoria antes de autorización de EEFF. | Requiere revelar dividendos propuestos antes de emisión. | Mayor transparencia sobre política de distribución. |
Valor razonable (Nueva Sección 12) | Tratado de forma general y dispersa. | Se crea sección dedicada al valor razonable, alineada con NIIF 13. | Mejora técnica en medición y revelación de activos/pasivos. |
Combinaciones de negocios (Sección 19) | Enfoque simplificado, sin referencias recientes. | Alineada con NIIF 3 (2008 y 2018). Definición clara de “negocio” y uso del Marco Conceptual. | Requiere evaluar procesos de adquisición con mayor rigor. |
De acuerdo con IASB en su condición de emisor de la norma, esta entrará en vigencia el primero de enero de 2027.
Se debe tener en cuenta que, en Colombia las Normas Internacionales de Información Financiera y sus enmiendas o modificaciones entran en un proceso de validación por parte del CTCP, discusión pública, recopilación de resultados, posteriormente son sancionadas como decreto para ser incorporadas a los anexos del Decreto 2420 de 2015.
En el caso de las NIIF para Pymes, actualmente se encuentra vigente el Anexo 2 incorporado por el Decreto 2483 de 2018. Por tanto, se tendría que esperar a que se surta este proceso para que esta nueva versión sea incorporada en la legislación colombiana.
Cabe anotar que, así esta norma no haya sido emitida en Colombia a través de decreto, no imposibilita realizar su estudio previo. ¡Puedes conocer más detalles en el documento compartido por la IFRS a continuación.
Estos cambios buscan homogeneizar los criterios contables, reducir la brecha con las NIIF plenas y mejorar la calidad de la información financiera presentada por las PYMES, sin imponer una carga técnica o administrativa excesiva.
Particularmente, el nuevo modelo de ingresos requiere mayor documentación y juicio profesional, ya que exige definir las obligaciones de desempeño y cuándo se han cumplido. Del mismo modo, el tratamiento de los instrumentos financieros y valor razonable será más riguroso, obligando a revisar procesos internos y fuentes de información externa (por ejemplo, tasadores, informes de mercado, metodologías de descuento).
Recomendamos iniciar un proceso anticipado de preparación con los siguientes pasos:
- Diagnóstico técnico: Analizar impacto por sección según actividades y operaciones específicas.
- Capacitación interna: Formar al equipo contable y financiero en los nuevos requerimientos.
- Revisión de contratos y políticas contables: Especialmente en ingresos, instrumentos financieros y activos.
- Documentación de juicios y estimaciones: Para cumplir con las nuevas exigencias de revelación.
- Actualización de sistemas contables: Que soporten mediciones a valor razonable y conciliaciones automáticas
Johana Valencia González
Gerente de Auditoria