En el decreto 1051 de 2017 aprobado por el Gobierno Nacional (Ministerio de Hacienda), se establece las condiciones de quienes deberán cumplir con este tributo. Ver este documento en la pagina web de la Presidencia de la Republica; hoy en nuestra página vamos a compartir un breve resumen para que usted se mantenga informado.
Si sus ingresos brutos en el año 2017 superaron los $44.603.000, es decir, salarios mayores a $3.716.916 mensuales; si las compras de consumo superaron los $44.603.000 o si su patromonio bruto al terminar el 2017 excedió los $147.366.000, usted deberá presentar la declaración de renta.
Es importante aclarar que presentar la declaración de renta, no significa que le toque pagar este impuesto, pues si usted hizo una buena planeación tributaria y cuenta con los soportes de pagos a medicina prepagada, ahorro de vivienda, pago a familiares que dependan económicamente de usted, puede lograr que la declaración de renta le salga muy favorable.
A partir del 8 de marzo de 2018, se puede presentar la declaración de renta y el último día que tienen para presentar el pago correspondiente a dicho tributo lo pueden ver en la siguiente tabla expuesta por la Dian. Dónde se tiene en cuenta los dos últimos digitos de su NIT que conste en su certificado de Registro Único Tribitario (RUT)